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POSTURA FRENTE AL MATRIMONIO HOMOSEXUAL: CORRIENTES A FAVOR DEL MATRIMONIO Y LA FAMILIA

:: Viernes 4: Argumentos Jurídicos contra el Matrimonio Homosexual: Conferencia en el Salón San Pablo
ESTE VIERNES 4, A LAS 18 EN EL SALÓN SAN PABLO DE LA IGLESIA CATEDRAL “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO” (entrada por calle San Lorenzo), LA DOCTORA ETHEL MARTINAZZO OFRECERA UNA CHARLA EN LA QUE EXPLICARÁ LOS ARGUMENTOS JURÍDICOS POR LOS QUE NO DEBERÍA SER POSIBLE LA APROBACIÓN DEL MATRIMONIO HOMOSEXUAL
LA DOCTORA MARTINAZZO ES UNA DESTACADA ABOGADA DE RESISTENCIA Y PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN S.O.S. VIDA.
"La naturaleza no discrimina cuando nos hace varón o mujer. Nuestro Código Civil no discrimina cuando exige el requisito de ser varón y mujer para contraer matrimonio; sólo reconoce una realidad natural. Las situaciones jurídicas de interés recíproco entre personas del mismo sexo pueden ser suficientemente tuteladas por el derecho común. Por consiguiente, sería una discriminación injusta contra el matrimonio y la familia otorgar al hecho privado de la unión entre personas del mismo sexo un estatuto de derecho público" (Extracto de la Declaración sobre el Bien Inalterable de la Familia, Conferencia Episcopal Argentina abril 2010).


:: Las Iglesias Particulares de Corrientes, Goya y Santo Tomé unidas en la Provincia frente al tratamiento de la Ley sobre “Matrimonio Homosexual”
Como seres humanos, creados a imagen y semejanza de Dios reflejamos la complementariedad y reciprocidad del varón y la mujer en la común dignidad, y en la unidad indisoluble de las dos, en el Matrimonio.
Como Iglesia estamos llamados a hacer presente el diálogo que Dios inició con el hombre. Un diálogo sincero y fecundo exige que seamos claros y afables, esta claridad exige discernir para reconocer la Verdad, la cual no podemos callar.
Queremos manifestar de manera pública y fundamentada la defensa del Matrimonio y la Familia, “Patrimonio de la Humanidad”. Siempre respetando las diferencias, ya que todos estamos llamados al Amor de Dios.

El Espíritu de nuestra respuesta
Como el mismo Jesús, Señor y Maestro, queremos estar con el hombre y acompañar todas las realidades de vida en que se encuentra, especialmente la opción preferencial de la Iglesia está siempre orientada a los marginados y a los más necesitados.
La Iglesia, siguiendo el ejemplo y la enseñanza del mismo Cristo, hace una clara distinción: la de condenar al pecado, pero tratar con misericordia al pecador. Por eso la Declaración "Persona humana" sobre algunas cuestiones de ética sexual del año 1975 expresó: "Indudablemente, estas personas homosexuales, deben ser acogidas, en la acción pastoral, con comprensión y deben ser sostenidas en la esperanza de superar sus dificultades personales y su inadaptación social. También su culpabilidad debe ser juzgada con prudencia". Sin embargo, dicha atención pastoral no debe degenerar en una aceptación de la actividad homosexual como algo no reprobable. Por eso la carta del 86 puntualizó: "Quienes se encuentran en esta condición deben, por tanto, ser objeto de una particular atención pastoral, para que no lleguen a creer que la realización concreta de tal tendencia en las relaciones homosexuales es una opción moralmente aceptable".
Si bien, con actitud firme no aceptamos la actividad homosexual, sin embargo nos abrimos con amor y comprensión hacia las personas homosexuales. La enseñanza de la Iglesia también condena todo tipo de violencia o agresión hacia estas personas: "Es de deplorar con firmeza que las personas homosexuales hayan sido y sean todavía objeto de expresiones malévolas y de acciones violentas. Tales comportamientos merecen la condena de los Pastores de la Iglesia, dondequiera que se verifiquen".
El 23 de julio de 1992, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una serie de consideraciones sobre proposiciones de ley en algunos estados de los EE.UU. y en otros países, que harían ilegal la discriminación en base a la "orientación sexual". Es decir, que les concederían a los homosexuales ciertos "derechos", como el de contratos de alquiler de viviendas a parejas homosexuales, el adoptar niños, el ser contratados como maestros en escuelas para cualquier edad, etc. Sobre este punto la Iglesia enseña que: "Las personas homosexuales, como seres humanos, tienen los mismos derechos de toda persona, incluyendo el no ser tratados de una manera que ofenda su dignidad personal. Entre otros derechos, toda persona tiene el derecho al trabajo, a la vivienda, etc. Pero estos derechos no son absolutos; pueden ser limitados legítimamente ante desórdenes externos de conducta...Existen áreas en las que no es una discriminación injusta tener en cuenta la inclinación sexual, por ejemplo en la adopción o el cuidado de niños, en empleos como el de maestros o entrenadores de deportes y en el reclutamiento militar...`La orientación sexual' no constituye una cualidad comparable a la raza, el grupo étnico, etc., con respecto a la no discriminación. A diferencia de éstas, la orientación homosexual es un desorden objetivo".
Estas consideraciones son muy importantes, pues como señala el mismo documento de la Congregación: "El incluir ‘la orientación homosexual' entre las consideraciones sobre cuya base está el que es ilegal discriminar, puede fácilmente llevar a considerar la homosexualidad como una fuente positiva de derechos humanos...Esto agrava el error ya que no existe el derecho a la homosexualidad... Incluso existe el peligro de que una ley que haga de la homosexualidad un fundamento de ciertos derechos, incline a una persona con orientación homosexual a declarar su homosexualidad o aún a buscar un compañero para aprovecharse de lo permitido por la ley".
Por todo ello, nuestra postura será la de buscar caminos de diálogo y un mejor acompañamiento a esta realidad humana y social que vivimos. No será la de confrontar, rivalizar ni debatir, sino promover caminos que permitan una mas plena realización humana e inserción social de personas que han hecho una opción de vida por la convivencia con personas del mismo sexo, no por ello igualando realidades antológicamente profunda y esencialmente distintas como iguales, ya que la naturaleza del matrimonio no puede ser aplicadas a la unión de personas del mismo sexo.

Fuentes: Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF); Declaración "Persona humana" sobre algunas cuestiones de ética sexual, 29 de diciembre de 1975; Carta a los obispos de la Iglesia Católica sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1ro. de octubre de 1986; Persona humana, Consideraciones para la respuesta católica a propuestas legislativas de no discriminación a homosexuales, 23 de julio de 1992.

Convocatoria
- Mons. Andrés Stanovnik - Arzobispo de Corrientes
- Mons. O. Ricardo Faifer - Obispo de Goya
- Mons. Hugo Santiago - Obispado de Santo Tomé
Invitan a todas las instituciones y/o movimientos laicales diocesanos, profesionales de todas las disciplinas, representantes del gobierno provincial y municipal, personas de otros credos, personas que se desempeñan en algún ámbito de gestión y/o conducción, todos los hombres y mujeres de buena voluntad.

Acciones
Para una mayor organización y una más efectiva respuesta al desafío que se nos presenta de plasmar nuestra vocación profética ante la situación actual de la familia.
- DOCUMENTO Y AUDIENCIA PUBLICA: La arquidiócesis de Corrientes, ha convocado y se encuentra coordinando un equipo interdisciplinario de profesionales con el fin de elaborar un documento con los fundamentos científicos, culturales y evangélicos a favor del Matrimonio y la Familia. El mismo está integrado por: abogados - médicos – psiquiatras y familia.
El documento que se elaborará con el aporte de estos especialistas y otras fuentes, se presentará junto con las planillas de firmas en apoyo a esta iniciativa, el viernes 11 del corriente a las 10.30 hs. en la audiencia otorgada por la Cámara de Senadores a la provincia de Corrientes. La misma se realizará en la Legislatura Provincial con la presencia de la presidente de la Comisión Nacional del Senado, Dra. Liliana Negre de Alonso, Senadores y equipo técnico de la Nación.
- PLANILLAS CON FIRMAS: cada decanato distribuirá y recolectará planillas para ser firmadas por adherentes. Las planillas se retiran de Prensa del Arzobispado, de lunes a viernes de 9 a 12. Fecha límite para devolución, en Secretaría del Arzobispado, el 10 de junio de 9 a 12 y de 17 a 21.
- MOVILIZACIÓN: movilización el viernes 11 hacia la Plaza 25 de Mayo, para el interior y diócesis de Goya y Santo Tomé les invitamos a sumarse a través de una delegación a la misma. Al mismo tiempo proponer un lugar público de encuentro y manifestación en dichas localidades.
- ENCUENTROS: Fechas de encuentros a realizarse en la Ciudad de Corrientes (ver instancias, especialistas y lugares de encuentros en cada diócesis): Viernes 4 a las 18 Conferencia en el Salón San Pablo de la doctora Ethel Marttinazo; Viernes Viernes 11 a las 9 Rosario Meditado por las Familias en la Plaza 25 de Mayo

Contacto
Arzobispado de Corrientes 9 de Julio 1543; Tel/Fax: 03783 422436; www.arzcorrientes.com.ar ; arzobispadoprensa@gigared.com 
Junta de Laicos: Alma inés Silveira de Orrego, teléfono 452281, celular 15576832, almainess@yahoo.com.ar ; Gabriel Joaquín Orrego, celular 15618747; gabrieljoaquino@yahoo.com.ar ; juntadelaicosctes@yahoo.com.ar .
Pastoral Familiar: padre Jorge J. Cittadini ofm cap.; padre Ricardo Stegelmann; teléfono 428291 o 427315; celular 15575531; frayjorgecitta@gmail.com  

:: Posición de los Senadores del Nea
Los representantes de diversos partidos políticos en el Senado por las provincias del Noreste argentino (NEA), estarían dispuestos mayormente a rechazar la media sanción de diputados para institucionalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo en el país.
Si se contabilizan los votos de Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Chaco y Formosa, ocho de los senadores votarían en contra, seis a favor y aún queda una indecisa. Sin embargo, habría mayoría para aprobar la polémica norma. Por ahora, resultan meras especulaciones. No será la primera vez que muchos de ellos cambien a último momento de posición, especialmente entre los contrarios a la iniciativa, dado el interés de la presidente Cristina Fernández en que sea aprobado.
En el caso de los misioneros, hasta el momento, sólo el renovador Eduardo “Balero” Torres (FpV) adelantó su voto a favor del proyecto del Ejecutivo nacional.
En diversos medios ya se adelantó que el también oficialista Luis Viana (FpV), lo haría en contra, si no cambia de opinión a último momento. Finalmente, Elida Vigo (FpV), estaría entre el pelotón de los que todavía no se decidió, aunque en su entorno anticiparon que votaría favorablemente por el interés de la jefa de Estado en el tema.

División correntina
“Son más los legisladores correntinos que rechazan el matrimonio homosexual que los que están a favor de la iniciativa. Los tres senadores que tomarán parte activa del debate en la Cámara alta del Congreso de la Nación ya adelantaron cómo votarán y confirmaron una tendencia que también se repite en todo el NEA”, informó el diario La República de la vecina provincia. “Los senadores radicales José María Roldán y Eugenio Nito Artaza no coinciden pese a ser correligionarios. El funcionario del ex gobernador Arturo Colombi se pronunciará en contra de la boda gay, mientras que el humorista levantará la mano por el sí”, agregó el matutino. Josefina Meabe votará en contra del proyecto.

Formoseños, unánime posición
Una de las provincias donde oficialismo y oposición tendrían la misma postura es Formosa. Matutinos de esa provincia y nacionales, anticiparon que los legisladores José Mayans (FpV), Luis Petcoff Naidenoff (UCR) y Adriana Bortolozzi (FpV) votarán en contra. Sin embargo, Mayans y Bortolozzi podrían recibir el pedido desde el oficialismo provincial y nacional para acompañar la medida y en Formosa se rumorea que en el caso de Bortolozzi, la senadora podría abstenerse antes que acompañar el proyecto del matrimonio homosexual.

Chaco y Entre Ríos a favor
En Chaco, sin embargo, hay dos votos a favor y uno en contra. Los senadores del Frente para la Victoria, Elena Corregido y Fabio Biancalani, anticiparon que darán apoyo a la iniciativa. Además, Biancalani anticipó que está a favor de la unión civil, pero que rechazará que estas parejas puedan adoptar, por lo que anticipa un largo debate y modificaciones del expediente.
El ex gobernador chaqueño Roy Nikisch (UCR) se pronunciaría en contra. En Entre Ríos, Pedro Guastavino y Blanca Osuna (dos oficialistas K) votarán a favor con la disidencia del radical Arturo Vera.
Fuente: Diario Primera Edicion Misiones-26/05/10

:: Argumentos para nuestros miembros y para los legisladores
En el aspecto etimológico:
- Matrimonium significa ‘oficio de madre’, es decir, designa una relación que busca favorecer mutuamente en el otro miembro de la pareja su crecimiento como persona en todos los aspectos, comenzando por el biológico. Ese crecimiento se da mediante un intercambio que complementa las diferencias y hace crecer potencialidades en el otro.
- Este ‘oficio de madre’ conlleva la idea de ‘maternidad-paternidad’, es decir, el ‘engendrar’, que solo puede darse por la unión sexual de hombre y mujer.
- La unión de dos personas del mismo sexo no puede cumplir con esto, por lo tanto no responde a la definición etimológica de ‘matrimonio’.

En el aspecto antropológico:
- El ‘matrimonio’ no se trata de una relación privada ni de una institución religiosa, sino de un vínculo de naturaleza antropológica. La esencia del ser humano tiende a la unión del hombre y de la mujer como recíproca atención y cuidado y como el camino natural para la procreación; esto le da al matrimonio trascendencia social y carácter público.
- El matrimonio precede al Estado; es base de la familia, célula de la sociedad, anterior a toda legislación.

En el aspecto filosófico:
- Es injusticia tratar del mismo modo cosas diferentes. ‘Discernir, distinguir’ es obligatorio ante realidades diferentes como son la homosexualidad y la heterosexualidad. Igualar estas situaciones, sus alcances y derechos en la sociedad, es injusto.
- Es contradictorio exaltar el pluralismo y la diversidad cultural y, a la vez, minimizar las diferencias humanas fundamentales (hombre-mujer, padre-madre, padres-hijos).
- Equipar el ‘matrimonio’ con las uniones homosexuales es pretender cambiar la ‘sustancia’ de esa realidad.

En el aspecto social:
- El poder gozar de bienes compartidos, obra social, pensiones, se logra mediante acuerdos legales, previstos ya por la ‘unión civil’, que no requieren la figura del ‘matrimonio civil’.
- El matrimonio es un hecho social porque comporta en potencia y naturalmente la aportación de nuevos miembros a la sociedad. La unión homosexual, en cambio, es un hecho privado, que no comporta naturalmente nuevos miembros a la sociedad.
- Crear la figura de un ‘matrimonio homosexual’ desestabiliza a la sociedad porque genera confusiones psicológicas y sociales, entre ellas, la idea de que el comportamiento homosexual público es un ‘bien social’ que debe ser protegido por el Estado.

En el aspecto psicológico-afectivo:
- La afectividad homosexual no requiere de una ‘institucionalización’ porque es privada, como la amistad.
- El logro de la felicidad y el ejercicio de la libertad de cada uno no pueden ser separados, en un matrimonio, de la función específica de procreación y de la relación con los hijos, que tienen derecho a contar con modelos de padre y madre.

En el aspecto jurídico:
- El ‘matrimonio’ está reconocido como unión de hombre y mujer y como derecho a ella en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 23; en la Declaración universal de los Derechos del Hombre, art. 16; en la Convención americana de Derechos humanos, art. 17, inc. 2; en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, art. 16 inc. a.
- Todos estos acuerdos tienen jerarquía constitucional según el art. 75, inc. 22 de la Constitución de la Nación Argentina. Por lo tanto, alterar el concepto de ‘matrimonio’ es inconstitucional y viola pactos internacionales.
- Toda ley hace distinciones por las cuales se restringen sus alcances (vo¬ta¬ción, per¬mi¬so de conducir –sea por edad, salud o características psicofísi¬cas–, edad para ca¬sarse, edad escolar, etc.). No se trata de ‘marginación’ sino de distinción de dere¬chos según dife¬rencias objetivas y circunstan¬cias diversas.

En el aspecto de la formación de una ‘familia’:
- La figura del ‘matrimonio homosexual’ viola el derecho de los niños a tener una familia, reconocido por la Con¬ven¬ción in¬ternacional sobre los derechos de la infancia, pre¬ámbulo, pa¬rá¬grafo 5. Dar a niños en cus¬todia de una pareja homosexual es ante¬po¬ner un pre¬ten¬di¬do ‘derecho’ de los adul¬tos al derecho prioritario de los niños, que deben ser los únicos ‘privilegiados’.
- La biología señala que naturalmente el niño tiene un padre y una madre.
- La antropología muestra que en todas las sociedades, con ciertas dife¬ren¬cias, hay es¬tructuras familiares de ‘padre’ y ‘madre’ de diferente sexo.
- La psicología señala lo siguiente:
• A propósito del artículo 8, punto 1 de la Declaración de los derechos del niño, que dice: “Los estados se com¬pro¬me¬ten a respetar el derecho del niño a preservar la pro¬pia identidad, in¬clu¬yendo en ella la nacionalidad, el nombre y sus relaciones familiares”, la psicología destaca que la ‘identidad’ es “la construcción dinámica de la unidad de la con¬cien¬cia de uno mismo a través de rela¬cio¬nes intersubjetivas (…) Es un proceso ac¬ti¬vo, afectivo y cognitivo de la re¬presentación de uno mismo en el pro¬pio am¬bien¬te, asociado a un senti¬miento subjetivo de la propia conti¬nui¬dad” . Los rasgos de la iden¬ti¬dad son: continuidad (reconocerse en el tiempo, como una continuidad en¬tre pasado, presente y futuro); distin¬tividad (conciencia de ser distinto de los de¬más, percibirse como único e irrepetible); relacionalidad (identidad cons¬truida por relación personal con otros, en primer lugar con los pro¬ge¬nitores).
• El niño debe definir su identidad, clara y sólida, desde la primera in¬fan¬cia. Para ello ne¬cesita interactuar con progenitores, tutores o padres a¬dop¬¬tivos de diferente sexo. De¬be tener ‘modelos’ contrastables, no equi¬pa¬rables. Si falta un progenitor (caso de viudez o adopción unipersonal), el niño padece la carencia del segundo, pero al me¬nos no tiene la confusión de afron¬tar dos figuras equiparadas.
• La identidad se representa con el nombre, nombre que remite a quienes lo eligie¬ron y condensa sus expectativas para el niño. Los padres pre¬paran el espacio psi¬co¬ló¬gico, de modo que la identidad tiene una dimen¬sión familiar: una familia de¬ter¬¬mi¬na¬da, con su historia, cultura, genealo¬gía, rasgos étnicos, nacionalidad, len¬gua, cre¬en¬cias, costum¬bres. El ape¬llido sanciona la pertenencia a una estirpe fa¬mi¬liar. La persona construye su identidad a lo largo de su existencia y no aislada¬mente sino en una red de rela¬cio¬nes iniciadas por los mismos padres. En el caso de dúos ho¬mo¬sexuales es dudoso quién transmite el apellido o en qué orden, si se emplean dos.
• Al niño no le basta que se lo alimente y vista: necesita una interacción, un ‘diá¬logo’ con ambos padres, con quienes le dan calor y afecto. Si bien otras personas pue¬den cum¬¬plir esta función, la aportación primera para el afecto y la formación de la iden¬tidad está ya en el embarazo: solo pue¬den darlos los padres biológicos. La madre apor¬ta un reservorio psíquico que le da confianza y esperanza al niño; el padre aporta valores, reglas, tradiciones, sentido de pertenencia.
• La sociedad actual tiende a acentuar lo ‘afectivo’ y ‘protectivo’ sobre lo ‘ético’; es una so¬cie¬dad en la que falta ‘padre’. Se requiere, pues, que el niño tenga dos mo¬de¬los cla¬ros en ambos aspectos. Aunque estas funcio¬nes son intercambiables entre pa¬dre y ma¬dre, no surgen de modo natural en un dúo homosexual.
• El tener modelos contrastables le permite al niño adquirir autoestima, confianza, segu¬ri¬dad, armonía psí¬quica, progresiva madurez, sentido de la realidad y de los límites.
• El niño necesita que se cuide en él la ‘coherencia psicofísica’, es decir, la adecua¬ción de los rasgos psicológicos a las características biológicamente sexua¬les. El res¬peto por las diferencias no autoriza a proponer la homo¬se¬xuali¬dad como una op¬ción na¬tural.
• Si el niño no cuenta con estas aportaciones se hace conflictuado.
• Hay también en la sociedad una tendencia a buscar en el hijo la propia gratifica¬ción afectiva; el niño concentra en sí, inconscientemente, la nece¬si¬dad de realiza¬ción de sus padres y, en vez de realizarse independiente¬mente, se proyecta como prolonga¬ción de ellos o de uno de ellos, en caso de separación. Este peligro se a¬cre¬cienta en los dúos homosexuales, que tienden a buscar un hijo para ‘sentirse rea¬lizados’; y es más grave cuando en un dúo de lesbianas, una es madre bioló¬gica.

En el aspecto sanitario:
- La concepción de un ‘derecho al hijo’ –el cual resulta convertido en un ‘objeto’– genera la posibilidad de que dúos homosexuales puedan solicitar la aplicación de prácticas de fertilización y reclamar que estas sean solventadas por las Obras So¬cia¬les. Esto produ¬ci¬ría un desequilibrio importante en el sistema sanitario y en el de pre¬vención de la salud.

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